Los alimentos preparados en tiendas de autoservicio pagarán IVA

Los alimentos preparados en tiendas de autoservicio pagarán IVA

Desde el 1 de julio los alimentos preparados en tiendas de autoservicio pagarán IVA. Productos como las pizzas, burritos, tamales, tortas o hot dogsque se venden en las tiendas de conveniencia o minisupers deberán aplicar en la venta el 16% correspondiente al impuesto.


“Se consideran alimentos preparados los que resulten de la combinación de aquellos productos que por sí solos y por su destino ordinarios, pueden ser consumidos sin necesidad de someterse a otro proceso de elaboración adicional”, indica  la disposición del Servicio de Administración Tributaria  (SAT). Así, los establecimientos deberán aplicar la medida tanto si los alimentos se consumen dentro como si se preparan para llevar. 

La nueva disposición incluye contempla como "alimentos preparados" sándwiches, tortas, baguettes, paninis, subs, gorditas, quesadillas, tacos, flautas, sincronizadas, burritos, rollos, empanadas, volovanes, pizzas, guisos, hot dogs, banderillas, hot cakes, alitas, molletes, hamburguesas, sushi, tamales, sopas instantáneas y nachos.

El SAT aclara que la nueva disposición se publicó para mejorar el cumplimiento de la normativa que ya exigía el pago del impuesto pero que, en este tipo de establecimientos, se eludía. Insiste en que el objetivo es igualar las condiciones de competencia parta todos los restaurantes y tiendas que ofrecen este tipo de productos.





 

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